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martes, 8 de febrero de 2011

¡Se un productor! Las cláusulas necesarias.

¿Cómo hacer un contrato a directores, guionistas, compositores y actores? (Parte 1/2)

A menudo nos salta la duda de que debe de contener un contrato para nuestros colaboradores o trabajadores dentro de sus roles en el mundo del cine/televisión. Bien, pues os voy a decir las cláusulas que no deben faltar. Luego ya con acuerdo del contratado puedes ampliarlo. Para hacerlo más ligero, voy a dividir esta entrada en dos partes. Comenzamos:

Objeto. Aquí debe de dejarse reflejado como primer objeto la prestación de servicios por parte del contratado a favor de la productora y como segundo objeto la cesión de derechos de propiedad intelectual del contratado a la productora.

Duración del contrato. En esta sección debe de reflejarse las fechas de rodaje, el número de sesiones (días de trabajo) y el número mínimo de ensayos. Si el rodaje se alarga más de lo previsto el contratado y la productora deben de acordar una prórroga del contrato.

Jornada laboral. Esto es un problema, porque cuando hacemos cortometrajes, sabes a que hora empezamos pero no cuando acabamos. En esta sección hay que estipular las horas de trabajo. Según el convenio se debe dar un descanso de 12 horas mínimo entre jornada y jornada y de 36 horas semanales continuadas. Se puede llegar a 44 horas laborales a la semana con un máximo de 10 horas diarias si la producción lo requiere con un preaviso de 24 horas y compensando económicamente.

Lugar de trabajo. Este punto debe reflejar las localizaciones de rodaje donde va a tener que estar el contratado además del lugar en el que se encuentre para su traslado a la localización.

Periodo de prueba. Esto es un periodo de prueba para asegurarse de que estás contratando a la persona adecuada para el trabajo y así poder deshacer el contrato sin necesidad de indemnización y sin previo aviso. Hay gente que infla el curriculum, esta es la mejor manera de cazarlos.

Remuneración. Este punto refleja el pago que recibirá el contratado. Este puede ser por caché o por convenio. Aquí os dejo la página de los convenios para que os hagáis una idea de lo que se cobra.
http://www.boe.es/boe/dias/2010/09/14/pdfs/BOE-A-2010-14126.pdf
Pasad de vez en cuando por la página del boe porque la van actualizando, este documento es de septiembre de 2010.

Mañana os dejaré el resto de las cláusulas del contrato.

¡Un saludo cineastas!

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